S.O.S URGENTE AGENTES DE LA POLICÍA Y EL ESMAD ARREMETEN VIOLENTAMENTE CONTRA COMUNIDAD ASENTADA EN EL SECTOR CASA DE PIEDRA EN EL BARRIO SILOÉ EN CALI

COMUNIDAD DE SILOÉ, FAMILIAS
DESALOJADAS Y EN ESTADO DE RIESGO
A la madrugada del dia de hoy 16 de Mayo de 2020, en medio de las restricciones de
la cuarentena impuestas por el gobierno Nacional a razón del Covid-19, se presenta
un fuerte ataque por parte de Agentes de la Policía Metropolitana de Cali y del
ESMAD, quienes abusando de su autoridad desalojaron a la población vulnerable del
sector, que se habían reunido la semana anterior con la Alcaldía Municipal de Cali,
para buscar soluciones por la grave crisis que afrontan a raiz del desabastecimiento
alimentario y el hacinamiento en el que viven. Por lo menos 70 familias se vieron en
la obligación de ubicarse en un lote baldío del sector Casa de Piedra en el Barrio Siloé
en la ciudad de Cali. La policia y el ESMAD usando de manera indiscriminada y
arbitraria la fuerza contra los habitantes del sector, ataco con Gases Lacrimógenos a
niños menores de edad, adultos mayores y población vulnerable no solo las familias
que por necesidad ocuparon el lote, sino tambien a quienes se encuentran confinadas
en sus hogares, ante la propagación de la pandemia.
Los Hechos
La comunidad informa que desde las 4:00 a.m. La Policía Metropolitana de cali y el
Escuadrón Móvil Antidisturbios – ESMAD – desalojan a más de 70 familias que están
pidiendo un techo y comida para poder resistir la crisis humanitaria por la cual están
atravesando debido al COVID19, Muchas de estas familias son desplazadas por la
violencia y han sido re victimizadas. La Fuerza Pública atacó de manera abusiva,
agresiva, inhumana y sin contemplación a los habitantes de la zona, como consta en
videos y fotos que la comunidad de Siloé logro realizar. Esta situación dejó como
resultado a dos madres cabeza de familia detenidas en la estación de Policía del
Cortijo. (Una de ellas con 25 años y dos hijos menores de edad y la otra de 22 años
con un hijo menor de edad); un niño menor de edad herido en su estómago debido al
impacto de una Bomba lacrimógena y varias personas de la comunidad con asfixia
severa y otros más heridos.
El Lote está ubicado en la parte alta de Siloé entre los sectores Casa piedra y Betania,
en este lote existía una gallera la cual fue demolida hace 15 años por la administración
municipal con la promesa de la construcción de un bloque de apartamentos
habitacionales de interes social, proyecto que hasta el momento no se ha concretado,
convirtiendo el lote en un vertedero de escombros, el cual fue aprovechado por las
familias desplazadas para el levantamiento de refugios en medio de las medidas de
aislamiento por el Covid-19.
Solicitudes.
Solicitamos a los organismos de control del Estado y a los organismos multilaterales
de Naciones Unidas y OEA, así como a las organizaciones sociales y defensoras de
derechos humanos del mundo:
1. Demandar del Estado Colombiano y de las administraciones departamentales
respeto a los derechos fundamentales y cumplir con los mandatos
internacionales de respeto a la vida, la salud en especial a todas las
recomendaciones de los organismos internacionales por la grave crisis
humana a raíz de la propagación del COVID-19.
2. Dar inmediata solución a ubicación en condiciones de Dignidad de las 70
familias que se encuentran en situación humanitaria crítica debido a la crisis
humanitaria generada por el COVID-19 y el desabastecimiento alimentario.
3. Retirar los efectivos de la Fuerza pública, Policía Nacional y Escuadrón móvil
antidisturbios ESMAD y generar una acción de diálogo con el Gobierno
Municipal para encontrar una salida pronta a la situación.
4. Generar una acción de apoyo humanitario en salud y en alimentación para las
70 familias afectadas y todo el sector de siloe, que han manifestado su grave
situación en materia humanitaria.
Fundamentos jurídicos de esta solicitud
1. El trámite de los procesos administrativos de desalojo de ocupantes de bienes
inmuebles asentados de manera irregular debe articularse con la protección del
derecho a la vivienda digna, máxime cuando se dirige contra grupos vulnerables, en
obediencia a lo preceptuado en los artículos 13 y 51 de la Constitución, 25 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, 11, párrafo 1°, del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en las observaciones
generales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como
también en los Principios de Pinheiro sobre la Restitución de las Viviendas y el
Patrimonio de los Refugiados y las Personas Desplazadas.
2. “(a) garantizar el debido proceso, (b) consultar previamente a la comunidad
afectada, (c) notificarla de la decisión de desalojo en un plazo suficiente y razonable,
(d) suministrar a los interesados, en un plazo razonable, información relativa a los
desalojos previstos y a los fines que se destinarán las tierras o las viviendas; (e) estar
presentes durante la diligencia; (f) identificar a todas las personas que efectúen el
desalojo; (g) no efectuar desalojos cuando haya muy mal tiempo o de noche, salvo
que las personas afectadas den su consentimiento; (h) ofrecer recursos jurídicos
efectivos a los afectados; y (i) ofrecer asistencia jurídica a la comunidad para solicitar
la garantía de sus derechos y, si es del caso, la reparación de los daños que les sean
causados.” Sentencia T-163/16.

ASOCIACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y ACCIÓN SOCIAL NOMADESC
COMUNIDAD DE SILOÉ
FAMILIAS DESALOJADAS Y EN ESTADO DE RIESGO

Solicitamos dirigir comunicaciones a:
JORGE IVÁN OSPINA
Alcalde de Cali
Centro Administrativo Municipal (CAM)
Avenida 2 Norte #10 – 70. Cali – Valle del Cauca – Colombia.
aldaboh@hotmail.com
CLARA LUZ ROLDÁN
Gobernadora del Valle del Cauca
Carrera 6 entre calles 9 y 10 Edificio Palacio de San Francisco
Cali – Valle del Cauca – Colombia.
claraluzroldan@gmail.com
JUAN GERARDO SANCLEMENTE QUICENO
Procurador Provincial – Santiago de Cali
Calle 11 No. 5 -54 Cali – Valle del Cauca – Colombia.
jgsanclemente@yahoo.com
CARLOS ALBERTO ROJAS CRUZ
Secretario de Seguridad y Justicia – Santiago de Cali
CAM, Avenida 2 Norte # 10-70, Piso 5
carlos.rojas@cali.gov.co
Copia
ALBERTO BRUNORI
Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Sr. PAULO ABRÃO
Secretario Ejecutivo Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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